PARROQUIA SAN ANTONIO DE LAS CÁRCAVAS / VALDEBEBAS
MATRIMONIO

MATRIMONIO

¿Qué tenemos que hacer para casarnos?

  • Lo primero, debes pensar dónde hacer un cursillo prematrimonial para prepararte para tu futura vida conyugal. En la parroquia tenemos varios cursillos preparados para el año 2024, pero puedes acudir al COF y apuntarte al que ellos organizan. También puedes acudir a la página web de la Delegación de Familias y consultar fechas y lugares
  • Además, debes realizar el Expediente Matrimonial .Solamente los residentes en el barrio de las Cárcavas y/o Valdebebas pueden hacer aquí este trámite. Para ello tendrás que pedir una cita con nosotros y buscar a dos testigos (mayores de edad y que no sean familiares directos) que os conozcan desde hace tiempo y que puedan dar testimonio veraz sobre vuestra historia.
  • ¿Dónde tengo que hacer el Expediente Matrimonial?
  • Al realizar el expediente son necesarios estos documentos, que no deben tener una antigüedad mayor a 6 meses (no de la fecha de la boda):
    1. Partidas de bautismo de los contrayentes (si no estás bautizado en Madrid, deben estar legalizadas en el obispado de la parroquia donde te bautizaste). Las partidas se piden en la parroquia donde recibiste el bautismo.
    2. Partidas de nacimiento de los contrayentes; se puede pedir gratis en la web del Registro Civil.
    3. Certificado de la parroquia donde se han realizado los cursillos prematrimoniales.
    4. Fotocopias de los DNI de los contrayentes y de los testigos.
    5. Fe de vida y estado descargada y rellenada por ambos contrayentes.
  • En el caso de que uno de los contrayentes viva en otra diócesis se puede hacer medio expediente en una diócesis y el otro medio expediente en otra. Para hacer medio expediente se necesitan los dos testigos y solamente la documentación de uno de los contrayentes.
  • En el caso de tener dobles nacionalidades, se presentarán los documentos siempre del mismo país y no se podrán mezclar con los de la otra nacionalidad.
  • Por último, deberás preparar con tiempo el enlace con el sacerdote que os va a casar.
  • También os puede interesar ver el Ritual del Matrimonioconocer las Lecturas propias para el Matrimonio o también el formulario para las peticiones
  • Esto te puede ayudar a preparar la boda.
  • ¿Quereis renovar vuestro votos matrimoniales?

“La alianza matrimonial -el matrimonio-, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados” (CIC, can. 1055,1). Catecismo de la Iglesia Católica 1601

IMPORTANTE

A continuación presentamos los expedientes que se deben tramitar en la Notaría de Matrimonios del Arzobispado:

1.    Matrimonios en los que uno de los contrayentes no sea católico.

2.    Matrimonios de menores de edad.

3.    Matrimonios en los que uno de los contrayentes, o los dos, tengan nulidad de un anterior matrimonio canónico.

4.    Matrimonios en los que uno de los contrayentes, o los dos, tengan divorcio o nulidad de matrimonio civil.

5.    Matrimonio de los extranjeros con menos de tres años de residencia en la Diócesis.

6.    Matrimonio de sacerdotes con dispensa de celibato.

7.    Matrimonio de religiosos/as con dispensa de votos perpetuos.

Los demás expedientes se hacen en la parroquia, incluidos los que tienen matrimonio civil previo, teniendo en cuenta que han de aportar la partida de matrimonio civil y hacer una declaración jurada de los motivos que indujeron al matrimonio civil y de que aceptan el matrimonio canónico tal como lo enseña la Iglesia Católica.

MARCO JURIDICO-PASTORAL DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL
– Código de Derecho Canónico de 25 de enero de 1983, en concreto los cc. 1055 a 1165 que regulan el matrimonio y en especial los cc. 1063 a 1072 dedicados a la atención pastoral y preparación al matrimonio.
– Decreto de la Conferencia Episcopal Española de 26 de noviembre de 1983, fundamentalmente su artículo 12, que da cumplimiento al c. 1067 y que contiene el esquema de modelo de expediente matrimonial, con los elementos que debe incluir.
– Guía de preparación al sacramento del matrimonio del Pontificio Consejo para la Familia, de 13 de mayo de 1996.
– Instrucción Pastoral de la Conferencia Episcopal Española titulada «La familia santuario de la vida y esperanza de la sociedad», de 27 de abril de 2001, fundamentalmente los nn. 165 a 178.
– Directorio de la Pastoral Familiar de la Iglesia en España de 21 de noviembre de 2003, en especial los nn. 125 a 127.

IMPORTANCIA DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL
El expediente se inserta dentro de la atención pastoral y preparación al matrimonio. Conviene realizarlo tras los cursos de formación prematrimonial. Es un instrumento útil en la preparación al sacramento del matrimonio, pues, a través de las entrevistas correspondientes, es una ocasión adecuada para la acogida, el diálogo y una catequesis más personalizada. Su correcta instrucción es un medio muy apto para prevenir futuros fracasos matrimoniales y también matrimonios nulos (cf. nn. 572 y 574 de las Constituciones Sinodales)

FINALIDAD DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL
La finalidad del expediente es comprobar que nada se opone a la celebración válida y lícita del matrimonio (c. 1066). A través de su realización, el párroco debe cerciorarse de que los contrayentes pueden celebrar el matrimonio proyectado.

ELEMENTOS DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL
El expediente debe versar al menos sobre los siguientes aspectos: Constatar la ausencia de impedimentos y prohibiciones para la celebración del
matrimonio. Constatar la integridad del consentimiento libre. Averiguar si existe compromiso de casarse y si se acepta la naturaleza, fines y
propiedades del matrimonio. Comprobar que se ha recibido la adecuada formación. Se debe prestar una atención particular al llamado examen de los contrayentes y al testimonio de los testigos. Son momentos especialmente significativos para discernir la capacidad y libertad de los contrayentes; en concreto, la capacidad de llevar .a cabo las obligaciones del matrimonio. No siempre se puede dar por supuesto la madurez psicológica de los contrayentes; hasta el punto que la percepción de un defecto en este sentido puede conducir a un examen por parte de un experto.

ESTRUCTURA DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL
Su contenido está estructurado en cinco partes:
1. Interrogatorio de los contrayentes, que comprende los datos personales, impedimentos y prohibiciones canónicas e intención matrimonial.
2. Examen de los testigos, que versa fundamentalmente sobre la razón de ciencia y el estado de libertad de los contrayentes.
3. Informes y diligencias que tiene que cumplimentar el párroco o la Curia diocesana, en función del supuesto de hecho concreto.
4. Nihil obstat o autorización de la celebración del matrimonio.
5. Celebración del matrimonio y diligencias subsiguientes.